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CIRBE: todo lo que los bancos saben de tus deudas, en un solo documento

La CIRBE es el registro del Banco de España donde todas las entidades declaran cuánto te han prestado. Es gratis, es tuyo, y casi nadie lo pide hasta que un banco le dice que no. Te ayudamos a obtenerlo, a entenderlo y a corregirlo si algo no cuadra.

Servicio de gestión administrativa. Información orientativa, no asesoramiento jurídico individualizado.

Qué es exactamente

La Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIR, conocida como CIRBE) recoge los préstamos, créditos, tarjetas, avales y demás riesgos que las entidades financieras declaran a tu nombre. Está regulada por la Circular 1/2013, de 24 de mayo, del Banco de España.

Y qué NO es: no es una lista de morosos

Es la confusión más extendida. La CIRBE no es ASNEF ni Badexcug: no registra impagos, registra deuda. Aparecer en ella es completamente normal — si tienes una hipoteca, estás dentro. Lo que un banco lee ahí no es «este cliente no paga», sino «este cliente ya debe tanto». Por eso importa saber qué dice antes de pedir financiación.

Qué aparece en tu informe

1

Operaciones desde 1.000 € de riesgo acumulado por entidad. Ese umbral rige desde enero de 2021; en los informes de periodos anteriores era de 9.000 €, así que una deuda pequeña y antigua puede no aparecer.

2

Riesgo directo y riesgo indirecto. El indirecto es el que casi nadie espera: si avalaste a alguien, ahí está tu nombre. Muchas personas descubren en su CIRBE un aval que habían olvidado — o que nunca entendieron que habían firmado.

3

Dos formatos: el informe detallado, que identifica cada entidad y cada operación, y el agregado, que da saldos por tipo de producto sin nombrar bancos. Para trabajar con tu caso, el que sirve es el detallado.

Para qué lo vas a necesitar

Cómo se pide (y cuánto cuesta: nada)

1

Por internet, con certificado digital o Cl@ve, en la sede electrónica del Banco de España: la respuesta llega en unos quince minutos en día hábil.

2

Por correo postal, con el formulario oficial FDU-031 firmado y copia del documento de identidad.

3

Presencialmente, con cita previa en una sede del Banco de España.

El plazo máximo de resolución es de diez días hábiles. También pueden pedirlo un representante con poder notarial y los herederos de una persona fallecida, acreditando su condición.

Ver la guía completa: cómo pedir tu informe CIRBE paso a paso

Si hay un error, se corrige

Aquí está el matiz que decide el resultado: la reclamación no se dirige a tu banco — se dirige al Banco de España. Es gratuita, se presenta con el formulario FDU-030 indicando qué dato es inexacto o incompleto, y el Banco da traslado inmediato a la entidad que lo declaró. La entidad tiene quince días hábiles para contestar y comunicar la corrección —o motivar su negativa— al afectado y al propio registro. Si calla o deniega, una persona física puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos; para empresas, la rectificación a través de la entidad tiene veinte días hábiles. Redactar bien ese escrito es la mitad del trabajo.

Guía: cómo corregir un error en la CIRBE, paso a paso

En qué te ayudamos

Preguntas frecuentes sobre la CIRBE

¿Qué es la CIRBE y quién aparece en ella?

Es la Central de Información de Riesgos del Banco de España: un servicio público donde las entidades declaran los préstamos, créditos, tarjetas y avales de cada persona a partir de 1.000 € de riesgo acumulado por entidad. No es un fichero de morosos: se está en ella por tener financiación, no por deber — si tienes una hipoteca, estás dentro, y es normal.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda el informe CIRBE?

Nada: es gratuito por ley. Por internet, con certificado digital o Cl@ve, suele llegar en unos quince minutos en día hábil; por cualquier vía, el Banco de España debe entregarlo en un máximo de diez días hábiles.

¿Y si no puedo pedirlo online o la sede no me deja?

Hay tres salidas. Por correo postal, con el formulario oficial FDU-031 firmado y copia de tu documento de identidad. Presencialmente, con cita previa en una sede del Banco de España. O a través de un representante con poder notarial que lo pida por ti — es parte de nuestro servicio, pensado justo para quien no tiene certificado digital o no se aclara con la sede electrónica.

¿Quién puede consultar mi CIRBE?

Solo las entidades declarantes y los intermediarios de crédito inmobiliario, y solo en dos supuestos: si ya mantienes un riesgo con ellas o si les has solicitado financiación — y en este caso deben informarte por escrito de que van a consultar. La información es confidencial y no pueden cederla; los únicos riesgos públicos son los de las Administraciones públicas.

¿Cómo se corrige un error en la CIRBE?

Escribiendo al Banco de España — no a tu banco — con el formulario gratuito FDU-030. El Banco da traslado inmediato a la entidad que declaró el dato, que tiene quince días hábiles para corregirlo o motivar su negativa. Si calla o deniega, puedes acudir a la Agencia Española de Protección de Datos. Preparamos y seguimos esa reclamación hasta que el dato cambie.

Actualidad y avisos oficiales

Se actualiza a diario a partir de fuentes oficiales (BOE, ministerios y organismos públicos).

Banco de EspañaDesde enero de 2021

El umbral de la CIRBE está en 1.000 € por entidad

Los informes de riesgos incluyen las operaciones de las entidades que declaran un riesgo acumulado igual o superior a 1.000 €. En los informes referidos a periodos anteriores a enero de 2021 el umbral era de 9.000 €, por lo que una deuda pequeña y antigua puede no figurar.

AvisoArt. 65 Ley 44/2002 · verificado 12-08-2026

El Banco de España no puede corregir el dato por su cuenta

La Central de Información de Riesgos no es titular de la deuda: solo la entidad declarante puede rectificar lo que declaró. La solicitud se dirige por escrito al Banco de España (formulario gratuito FDU-030), que da traslado inmediato a la entidad; esta debe contestar al afectado y a la propia CIR en quince días hábiles, motivando la negativa. Si calla o deniega, las personas físicas pueden reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos. Las personas jurídicas pueden además dirigirse directamente a la entidad, que dispone de veinte días hábiles.

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