Gestiones y servicios · Ficheros de morosos

Estar en ASNEF no siempre es legal

Para incluirte en un fichero de morosos, tu acreedor tiene que cumplir cinco requisitos legales. Basta con que falle uno para que tengas derecho a salir. Y falla más veces de las que la gente imagina, porque casi nadie los comprueba.

Información orientativa. La reclamación judicial por vulneración del honor requiere abogado colegiado.

Qué son, y en qué se diferencian de la CIRBE

ASNEF (gestionado por Equifax) y Badexcug (por Experian) son ficheros privados que recogen impagos. La CIRBE del Banco de España, en cambio, recoge toda tu deuda, la pagues bien o mal. Aparecer en la CIRBE es normal; aparecer en ASNEF te cierra puertas: financiación denegada, alquileres perdidos, contratos de telefonía rechazados.

Ver la página sobre la CIRBE

Los cinco requisitos del artículo 20 LOPDGDD

1

La deuda debe ser cierta, vencida y exigible. Una cantidad discutida, mal calculada o todavía no vencida no puede figurar.

2

No puede estar reclamada por ti. Si has impugnado la deuda judicial o administrativamente, o mediante un procedimiento alternativo de resolución de disputas, no procede la inclusión. Este es el requisito que más se incumple.

3

Te tienen que haber informado antes: en el contrato o al requerirte el pago, advirtiéndote de que podían incluirte. Sin ese aviso previo, la inclusión no se sostiene.

4

Cinco años como máximo, contados desde el vencimiento de la obligación. Pasado ese plazo, el dato debe desaparecer aunque la deuda siga sin pagarse.

5

Te deben notificar la inclusión en el plazo de treinta días, y durante ese tiempo los datos permanecen bloqueados. Si nunca recibiste esa carta, tienes un argumento.

Además, solo puede consultarte quien mantenga contigo una relación contractual que implique pago, o a quien tú se lo hayas solicitado. Y si discutes la deuda, el fichero debe informar de que existe controversia, sin facilitar el dato, hasta que se resuelva.

Cómo comprobar si figuras

Cómo se sale

Dos casos que vemos a menudo

Y si tu situación es de insolvencia general, la salida no es fichero a fichero: tras la exoneración del pasivo, la limpieza de estos registros forma parte del cierre del expediente. Ley de Segunda Oportunidad

En qué te ayudamos

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Art. 20 LOPDGDDLey Orgánica 3/2018

Cinco requisitos, y basta con que falle uno

Para incluir a alguien en ASNEF o Badexcug la deuda debe ser cierta, vencida y exigible; no puede estar reclamada por el deudor en vía judicial, administrativa ni por resolución alternativa de disputas; debe haberse informado previamente; no pueden haber pasado cinco años desde el vencimiento; y la inclusión debe notificarse en treinta días, con los datos bloqueados durante ese plazo.

AvisoRGPD art. 12

El acceso es gratuito, también a través de representante

El ejercicio de derechos ante los ficheros de solvencia no se cobra, ni siquiera cuando se tramita mediante representante. El plazo de respuesta es de un mes, prorrogable en casos complejos. ASNEF y Badexcug son empresas distintas y no comparten datos: hay que consultarlos por separado.

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