Si tienes una vivienda en España pero no resides fiscalmente aquí, Hacienda espera un Modelo 210 tuyo cada año — aunque la casa esté vacía. Si no se presenta, la deuda crece sola con intereses. Nosotros te mantenemos al día y te lo presentamos.
Una estimación de tu IRNR anual con las cifras verificadas. Orientativo; la cifra exacta la confirmamos antes de presentar.
Lo encuentras en el recibo del IBI.
Renta imputada por vivienda de uso propio.
La renta imputada se paga aunque la vivienda esté vacía y no te dé ningún ingreso. Al vender, la ganancia tributa al 19 % por este mismo modelo; el 3 % que retiene el comprador (modelo 211) va a cuenta.
Herramienta orientativa; no es asesoramiento fiscal vinculante. Datos verificados el 21/08/2026: imputación 1,1 %/2 % del valor catastral; tipos IRNR 19 % (UE/EEE) y 24 % (resto) — TR de la Ley del IRNR (RD-Leg 5/2004); plazos según la Orden HAC/623/2026. La cifra exacta depende de tu valor catastral y país de residencia, que confirmamos antes de presentar.
Es el formulario con el que un no residente declara y paga el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) por lo que obtiene en España. Si tienes aquí una vivienda, te afecta en tres situaciones, y es fácil que se te pasen porque Hacienda no te avisa.
Una vivienda que guardas para tu uso se considera que genera una pequeña renta imputada. Pagas sobre el 1,1 % del valor catastral (o el 2 % si el catastro no se ha revisado en los últimos diez años), al 19 % si resides en la UE/EEE o al 24 % si no. Desde 2026 se presenta del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente.
Declaras el alquiler, ahora una vez al año en los 20 primeros días de abril. Los residentes en la UE/EEE pagan el 19 % sobre el beneficio tras deducir gastos; desde fuera de la UE se paga el 24 % sobre el ingreso bruto, sin deducir nada.
La ganancia tributa al 19 % por el Modelo 210, y el 3 % que te retuvo el comprador (Modelo 211) va a cuenta — así ajustas la liquidación y, si retuvieron de más, lo reclamas. Esto enlaza con nuestro servicio de compra de vivienda.
Comprar es puntual; el Modelo 210 vuelve todos los años. Vigilamos tus plazos, preparamos y presentamos el modelo, y lo combinamos con un representante fiscal en España si lo necesitas. Y si aún estás con la residencia, te orientamos a la vía adecuada.
La calculadora de arriba es una estimación para que te hagas una idea; la cifra exacta depende de tu valor catastral y tu país de residencia, que confirmamos antes de presentar. Nuestros honorarios van aparte y te los decimos por adelantado.
Cuéntanos tu vivienda y dónde vives. Te decimos qué te toca pagar y te quitamos la presentación de encima.
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