Gestiones y servicios · Vivienda de uso turísticoEn El Campello no se dan licencias nuevas. Eso no significa que no puedas hacer nada
El Ayuntamiento suspendió la emisión de informes de compatibilidad urbanística en septiembre de 2024 y la prorrogó un año más en 2025. Sin ese informe no hay alta en Turisme. Pero hay excepciones que muchos propietarios desconocen, y hay trámites que no dependen de ninguna moratoria. Empezamos por decirte en cuál de los dos grupos estás.
Servicio de gestión administrativa. Información orientativa a fecha de agosto de 2026, sin promesa de resultado.
Qué está suspendido exactamente
La suspensión alcanza a las viviendas en edificios colectivos o bloques —incluidos los locales comerciales situados en ellos— y a las urbanizaciones o bungalows en hilera que tengan zonas comunes o división horizontal. Lo que se suspende no es la licencia en sí, sino el informe municipal de compatibilidad urbanística; y como ese informe es requisito para la declaración responsable ante Turisme, el efecto práctico es el mismo: el expediente no arranca.
La excepción que casi nadie mira
Quedan fuera de la suspensión los bungalows en hilera sin zonas comunes ni división horizontal. Y lo que determina en cuál de los dos grupos está tu vivienda no es la impresión de nadie: es lo que consta en el Registro de la Propiedad. Por eso el primer paso de cualquier diagnóstico serio es la nota simple, y por eso es también el más barato.
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Lo que sí se puede hacer hoy
- Diagnóstico previo de viabilidad. Nota simple, calificación urbanística del suelo, usos admitidos y estatutos de la comunidad. Sale barato y a veces la respuesta es que no: te la damos igual.
- Número de registro de alquiler de corta duración, ante el Registro de la Propiedad. Existe en dos versiones —uso turístico y uso no turístico—, son expedientes distintos sobre la misma finca, y no dependen de ninguna moratoria municipal.
- Depósito informativo anual. Se presenta cada año y se refiere al ejercicio anterior. Un solo depósito cubre los dos números, el turístico y el no turístico. Es el trámite que más se tuerce: una calificación defectuosa puede alargarlo dos meses.
- Tramitación completa en municipios sin suspensión. La moratoria es de El Campello, no de la provincia.
- Aviso del levantamiento de la suspensión. Vigilamos a diario el boletín provincial y el diario oficial autonómico. Si la moratoria decae o se aprueba la ordenanza definitiva, te avisamos el mismo día — antes de que se llene la cola.
El expediente completo, tal como es
1Certificado municipal de compatibilidad urbanística. Memoria descriptiva, plano de emplazamiento sobre el planeamiento vigente con la ubicación exacta marcada, y solicitud. Es el paso hoy suspendido en El Campello.
2Declaración responsable ante Turisme Comunitat Valenciana, con el código del informe municipal, la categoría, las plazas y el seguro de responsabilidad civil ajustado a la capacidad declarada.
3Número de registro de alquiler y, cada año, el depósito informativo. Aquí es donde el expediente sigue vivo cuando todo lo demás ya está hecho.
Dos detalles que casi siempre sorprenden: en el registro solo cuentan las plazas situadas en dormitorios, aunque las supletorias se puedan anunciar; y hay un plazo de dos meses desde la comunicación para iniciar la actividad, pasado el cual cabe la baja en el registro.
Actualidad y avisos oficiales
Se actualiza a diario a partir de fuentes oficiales (BOE, ministerios y organismos públicos).
AvisoEl Campello · desde 09-2024, prorrogado en 09-2025
Suspendidos los informes de compatibilidad urbanística para vivienda turística
El Pleno de El Campello suspendió en septiembre de 2024 la emisión de informes municipales de compatibilidad urbanística para viviendas de uso turístico, y prorrogó la medida un año más en septiembre de 2025. Afecta a viviendas en bloque y a urbanizaciones con zonas comunes o división horizontal; quedan fuera los bungalows en hilera sin elementos comunes. Sin ese informe no cabe la declaración responsable ante Turisme. Verifica el alcance vigente ante el Ayuntamiento.
Tribunal SupremoSentencia de 21-05-2026
Anulado el Registro Único estatal de alquileres de corta duración
El Tribunal Supremo anuló los preceptos del RD 1312/2024 que creaban el registro único estatal, por invadir competencias autonómicas, manteniendo en pie la ventanilla única digital. Su efecto sobre los números de registro ya asignados y sobre el depósito informativo anual está pendiente de aclararse: conviene no dar por hecho que decaen las obligaciones ya nacidas.
RecordatorioObligación anual
El depósito informativo se presenta cada año
El depósito informativo de arrendamientos de corta duración se presenta anualmente y se refiere al ejercicio anterior. Una sola presentación cubre tanto el número de uso turístico como el de uso no turístico. Es el trámite que más se atasca por calificaciones defectuosas.